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Asoc. Coop. Nagar 323 de Seguros para Vehículos R. L.

A lo largo de 19 años NAGAR se ha caracterizado por su seriedad y responsabilidad en el momento oportuno, cuando nuestros clientes más nos han necesitado. Hemos logrado ser su punto de apoyo en todos los momentos convirtiéndonos en una ayuda para el sector del transporte. Para NAGAR es un orgullo y placer continuar contando cada día, con cada uno de ustedes.

El camino que hemos transitado nos revela que con trabajo honesto y esfuerzo diario contribuimos al crecimiento económico y social de nuestro país. La confianza que nos ha sido depositada nos compromete a seguir construyendo y fortaleciendo relaciones duraderas por muchos años más. Porque la ambición es el camino al éxito y la tenacidad y perseverancia el vehículo en el que se llega.

Nuestra MISIÓN es ofrecer al público un servicio de responsabilidad civil de excelente calidad, atractivas coberturas y brindar una excelente atención con personal altamente capacitado y a su vez cumplir el compromiso que tomamos con nuestros asegurados asumiendo los riesgos y subsanando las pérdidas cubiertas por las pólizas logrando la satisfacción y lealtad de nuestros clientes.

Equipo de trabajo de la Asoc. Coop. Nagar 323 de Seguros para Vehículos R. L.

Acerca de Nuestros Servicios

El Seguro de Responsabilidad Civil es un contrato mediante el cual la compañía de seguro se compromete a indemnizar los daños que ocasione el asegurado y sea responsabilidad del mismo, bien sea a personas como a cosas (Vehículos, Casas, Bienes Públicos, entre otros.) hasta los límites establecidos en la cobertura de la póliza.

¿Necesito una poliza R.C.V? Toda persona que tenga un vehículo (moto, carro particular, camioneta, autobuses, camiones de carga y cualquier vehículo a motor) debe estar amparado por una póliza de seguro de responsabilidad civil, para responder por los daños que ocasione al Estado y/o particulares, según el artículo 58 de la Ley de Transporte Terrestre.

Si, por el contrario, las personas no tuvieron la precaución de adquirirlo, se enfrentan a sanciones de (5 UT) por parte del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (INTT). Otra razón para tenerlo, es que se ahorran gastos no contemplados al momento de un choque o siniestro.

Toma en cuenta que esta poliza de responsabilidad civil es de carácter obligatorio, ampara al asegurado por las indemnizaciones derivadas hacia terceros a consecuencias de daños causados a personas y cosas en accidentes de tránsito, cuando se determine la responsabilidad de nuestro usuario y de acuerdo a los límites establecidos en el cuadro de la póliza.

Coberturas Básicas:

1. Daños a Cosas.

2. Daños a Personas.

Coberturas opcionales:

Asistencial Legal:

Ampara la Asistencia Legal Telefónica inmediata al conductor del vehículo asegurado en la fase de instrucción ante las autoridades de Tránsito y/o Ministerio Público.

Exceso de Límite de R.C.V:

Recuerda que esta cobertura la compañía indemnizará al reclamante hasta por un límite adicional convenido con el asegurado,después de agotados los montos de R.C.V. básica.

Requisitos para adquirir una póliza de Responsabilidad Civil de Vehículos.

1. Solicitud de seguro de responsabilidad civil debidamente llena y firmada.

2. Copia de la cédula de identidad del Propietario del Vehículo.

3. Copia del título o documento de propiedad del vehículo.

4. Copia del carnet de circulación

5. En caso de querer asignar un beneficiario o conductor habitual, Copia de la cédula de identidad.

Cumple con Ley, evita multas.

Artículo 58 de la Ley de Transporte Terrestre

Tener un seguro de Responsabilidad Civil es de carácter obligatorio según la Ley de Transporte Terrestre publicada en G.O. N° 38.985 de fecha 01 de agosto de 2008 en su artículo numero 58.

"Todo vehículo a motor debe estar amparado por una póliza de seguro de responsabilidad civil, para responder suficientemente por los daños que ocasione al Estado o a los y las particulares. Igualmente resultará obligatorio el seguro de responsabilidad civil para las motocicletas, en las mismas condiciones que rige para los automotores. En el caso de vehículos destinados al servicio de transporte terrestre público y privado de personas, sus propietarios o propietarias deben contratar adicionalmente una póliza de seguro de accidentes personales que cubra a las personas que transporta y su equipaje".

Descarga la Ley de Transporte Terrestre y visita "www.intt.gob.ve"

¿Que hacer en caso de Siniestro?

Es importante darle a conocer los pasos a seguir en caso de encontrarse en una eventualidad, ya que en muchas ocasiones, no se sabe cómo actuar, les recomendamos seguir los siguientes tips.

- Debe llamar a las autoridades competentes (Tránsito Terrestre).

- No podrá movilizar el vehículo de su posición final.

- Dejar que tránsito haga el correspondiente levantamiento del accidente.

- Deberá hacer declaración del accidente en un lapso no mayor de 5 días hábiles por la oficina.

- No debe realizar ningún tipo de acuerdo o pago con terceros.

- Un accidente con lesionado, el cliente deberá notificar a la empresa lo más pronto posible.

- No debe hacer ningun pago o cancelación a familiares del lesionado.

- Informar a terceros o afectados que tienen que dirigirse ante la oficina de NAGAR para cualquier tipo de reclamo.

Si no se cumple con lo mencionado la empresa no se hace responsable.

“Para el 2024 ser líderes reconocidos en el mercado de seguros para vehículos, fortaleciendo nuestras bases con responsabilidad, eficiencia, dinamismo altamente competitivo, ofreciendo a nuestros clientes respuestas rápidas y efectivas, logrando la complacencia y la fidelidad de nuestros asegurados.”

Equipo de trabajo de la Asoc. Coop. Nagar 323 de Seguros para Vehículos R. L.

23 Oficinas a nivel Nacional

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Barinas Edo. Barinas. (Oficina Principal).
Calle Camejo, ente Av. Libertad y Montilla, Edif. Don Manolo, Piso 2, Oficina 11.
Teléfonos: 0273-5321703 / 0273-5323025 Fax: 0273-5321703

Correo: barinas@nagar.com.ve

Pedraza, Edo. Barinas
Edificio “El Barines", Av. 5 con calle 17, Sector la Cultura II.
Teléfonos: 0273-4001824

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Santa Barbara, Edo. Barinas
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Correo: SantaBarbara@nagar.com.ve

Socopó, Edo. Barinas
Carrera 8 entre Av. 2 y 3, Centro Empresarial Wranloi, Piso 1, Oficina 3.
Teléfonos: 0273-5110379

Correo: socopo@nagar.com.ve

Barquisimeto Edo. Lara.
Carrera 19 entre calles 33 y 34, Edificio Don Pancho, Piso Nº 1, Oficina Nº 1.
Teléfonos: 0251-2327657 / 0251-2326905

Correo: barquisimeto@nagar.com.ve

Barquisimeto Edo. Lara. Punto de Venta 55
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El Vigia Edo. Mérida. Punto de Venta Santa Elena de Arenales
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Mérida Edo. Mérida.
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San Cristóbal Edo. Táchira.
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Cordero Edo. Táchira.
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Punta Gorda Edo. Zulia.
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